TSJ confirmó 30 años para tres militares

TSJ confirmó 30 años para tres militares

La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó la pena de 30 años de prisión impuesta a tres militares declarados culpables de traición a la patria, entre otros delitos. En ese caso, los imputados son identificados como Yoan Manuel González Gavidia, Héctor Luis Armas Saldivia, quienes ostentan la jerarquía de sargentos segundos, y el soldado Pedro Enrique Arreaza Uray, señala la sentencia 678 de la Sala Penal, suscrita por sus integrantes, Elsa Gómez (portadora), Carmen Marisela Castro y Maikel Moreno Pérez.

Al momento de detectarse los hechos (octubre de 2021), los tres militares se encontraban destinados en la Base Aérea Mariscal Sucre, ubicada en Maracay (Aragua), desde cuyo puesto permitieron el ingreso de delincuentes para sustraer municiones, según la investigación. En la citada base funciona el Servicio de Armamento de la Aviación Militar Bolivariana, a cuyas instalaciones “se permitía el acceso a integrantes de bandas criminales con el propósito de sustraer armas, municiones y material de guerra como granadas fragmentarias y explosivos”, explica el fallo de la Sala Penal.

»Luego de realizarse el hurto en compañía de estos militares de la Armada Militar Bolivariana, los integrantes de las bandas criminales se retiraron dejando a estos efectivos con un pago a cambio de su participación en estos hechos», señala la sentencia.

Tal situación fue detectada el 4 de octubre de 2021 cuando se realizó un procedimiento especial en la Base Sucre y se descubrió un déficit de más de un millón de municiones, en su mayoría destinadas al sistema de fusil AK-103. En concreto, habían robado 2.700.000 municiones, entre ellas 668.000 calibre 7,62X39 y 553 fusiles entre AK-103 y M-63, así como «una cantidad considerable de material explosivo».

La investigación condujo a la detención de González, Arreaza y Armas quienes fueron imputados ante el Juzgado VI de Control Militar con sede en Valencia (Carabobo) por los delitos de traición a la patria, sustracción de efectos pertenecientes a la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (Fanb), desobediencia agravada y contra el decoro militar.

Posteriormente, los fiscales militares Jhobert Gandica Ruiz y Carlos Flores Belisario solicitaron abrir juicio contra los tres sargentos. Ese juicio se celebró entre el 14 de mayo y el 24 de agosto de 2023 ante el Juzgado 3° de Instrucción Militar de Caracas, que los condenó a la pena máxima tras declararlos culpables de los tres delitos imputados.

Esta sentencia fue confirmada el 13 de marzo por el Tribunal Marcial del Circuito Judicial Penal Militar con Competencia Nacional. Por ello, los tres militares llevan el caso al máximo tribunal de la Corte Marcial, es decir, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, donde solicitan anular la pena máxima que se les impuso. Alegan, entre otros, que el tribunal de instancia valoró las pruebas presentadas «sin poder demostrar la forma, tiempo y lugar del delito calificado, ni la participación de los actualmente condenados por la comisión de los hechos que motivaron la calificación jurídica por la que fueron condenados a 30 años».

Esa decisión del tribunal de primera instancia fue avalada por la Corte Marcial, órgano que «se equivocó en su decisión al ratificar la decisión», según los abogados defensores de los tres condenados que afirman que la Corte Marcial «pasó por alto que el tribunal (de juicio) no valoró prueba documental alguna, es decir, no consta en el expediente ningún medio documental útil para acreditar el hecho, como un inventario inicial que indique la existencia de los presuntos bienes sustraídos».

Los magistrados analizaron este planteamiento y los demás presentados por los militares condenados y no encontraron que perfilaran cuál era «el vicio de derecho» en el que supuestamente incurrió el Consejo de Guerra al dictar sentencia que avalaba la pena de 30 años dictada por el tribunal de primera instancia.

Esta imprecisión impide que la Sala Penal tenga conocimiento de la presunta violación procesal cometida por el tribunal colegiado (Corte Marcial) y por ello acordó declarar desestimadas las denuncias presentadas en el recurso de apelación. En consecuencia, salieron ilesos de la pena de 30 años de prisión impuesta a González, Armas y Arreaza.

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