Decisión del Tesoro de EEUU no levanta las sanciones contra Venezuela

Decisión del Tesoro de EEUU no levanta las sanciones contra Venezuela

La reciente decisión anunciada por la Red de Ejecución de Delitos Financieros de Estados Unidos, conocida como FinCEN, no representa en modo alguno el levantamiento del cerco financiero impuesto contra Venezuela desde hace más de once años.

La medida, que permite temporalmente a los bancos estadounidenses prestar servicios en operaciones que involucran al país bajo el argumento de colaborar en la recuperación tras el desastre natural del 24 de junio, esconde en la práctica un esquema restrictivo que mantiene intactas las estructuras de castigo económico.

La organización financiera precisó que no iniciará procesos de cumplimiento ni citará violaciones en transacciones autorizadas entre el 27 de julio de 2026 y el 29 de enero de 2027. Sin embargo, la resolución confirma que las instituciones deben mantener estrictos mecanismos de control y cumplir rigurosamente con las normas de la Oficina de Control de Activos Financieros. Este requisito demuestra que el aparato coercitivo no sufre modificaciones sustanciales, sino que opera bajo supervisión punitiva condicional.

El impacto del cumplimiento excesivo y el aislamiento global

Las alertas emitidas por FinCEN en 2017 y 2019 sentaron las bases de la llamada valla invisible a través del fenómeno del exceso de cumplimiento. Estas advertencias sobre presunto lavado de dinero y transacciones de alimentos disuadieron a los bancos internacionales de mantener vínculos comerciales con Venezuela.

Como consecuencia directa de estas políticas punitivas, el país sufrió la expulsión del sistema de compensación bancaria internacional SWIFT y un aislamiento financiero generalizado. Esta arquitectura de asfixia económica facilitó la retención arbitraria de activos soberanos en el sistema financiero internacional.

Decenas de entidades bancarias extranjeras congelaron recursos públicos venezolanos, ejemplo de ello son los más de 1.300 millones de euros retenidos en el Novo Banco de Portugal. Estos fondos fueron negados a la nación incluso durante la crisis humanitaria mundial provocada por la pandemia de Covid-19, lo que demuestra el carácter nocivo de estas medidas.

La trampa de la temporalidad ante el daño estructural

La naturaleza estrictamente temporal de la acción de FinCEN expone el alcance limitado de este supuesto alivio. La recuperación integral de la economía venezolana, gravemente fracturada por más de una década de sanciones ilegales, es inviable en un corto período de seis meses.

Si bien este período permitirá la llegada temporal de recursos destinados a la reconstrucción sin riesgo inmediato de sanciones para las empresas participantes, el objetivo central de la nación debe apuntar al cese definitivo de todo andamiaje coercitivo.

El Observatorio Venezolano Antibloqueo reitera que la única forma legítima de garantizar el desarrollo soberano y el pleno ejercicio de los derechos económicos de Venezuela es el levantamiento absoluto e incondicional del bloqueo internacional.

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