El Juzgado 1 de Primera Instancia Agrario del estado Lara decretó medida de protección a la actividad productiva agroindustrial en las instalaciones del Central Azucarero Río Turbio, ubicado en la antigua carretera a Yaritagua, sector Chorobobo, hacienda La Unión, municipio Palavecino (Cabudare) Lara.
Esta decisión fue publicada en un cartel insertado en un periódico regional. El mencionado ingenio azucarero, como empresa privada, quedó inoperante a mediados de 2019 debido al abandono de sus directivos encabezados por José Ricardo Sigala Peña, dejando una deuda por materias primas para la producción de azúcar refinada, según investigaciones.
De ahí que el 3 de diciembre de 2020, el Ministerio de Trabajo emitió una resolución publicada en la Gaceta Oficial N° 42.021 mediante la cual dictó la medida de Ocupación Temporal, a través de una Junta Administrativa Especial.
Paralelo, el Ministerio de Alimentación exigió a la empresa comercial Azucarera Río Turbio el pago de 4 millones 863 mil dólares 658 con 50 centavos, equivalentes a € 4.536.344,73, que es la moneda de mayor valor establecida por el Banco Central de Venezuela para este tipo de reclamaciones.
La reactivación
Para reactivar operaciones en la mencionada planta, el Estado firmó una alianza con la empresa Empaquetadora Las Nieves CA, adscrita a la cámara de comercio turco-venezolana, el 15 de junio de 2021. Los representantes de dicha empresa observaron una serie de acciones que a su juicio perturban la alianza establecida con el Estado. Una de estas acciones es la designación, el 16 de diciembre de 2025, de una nueva Junta Administradora Especial, integrada por Jhonny Jesús Pérez Montilla, Gerardo Andrés Quintero Meneses y María Carolina Fernández Marcano, según Gaceta Oficial número 43.281.
Motivados por esto y debido a que tal decisión no fue consultada con la empresa aliada, es decir, Empaquetadora Las Nieves, sus representantes solicitaron una medida de protección a la actividad agrícola, la cual fue acordada el pasado 23 de enero. Ante esto, el Juzgado 1 de Primera Instancia Agrario del estado Lara dictó tal medida por la cual “los ciudadanos Jhonny Jesús Pérez Montilla, Gerardo Andrés Quintero Meneses y María Carolina Fernández Marcano (estos son los integrantes del nuevo Comité Especial) Junta Administrativa) tienen prohibido abstenerse de realizar e innovar cualquier acto contractual o comportamental que menoscabe, restrinja o limite las actividades productivas agroindustriales en la referida sociedad bajo apercibimiento de desacato a la autoridad judicial.
Asimismo, el decreto de protección emitido por el juzgado larense »ordena la obligación de no contratar o incorporar personal que no se encuentre en nómina para la presente fecha del pedido cautelar y la movilización del personal que se encuentre en las unidades habitacionales propiedad del personal de la empresa comercial Empaquetadora Las Nieves».
El tribunal agrario también insta a los ciudadanos Jhonny Jesús Pérez Montilla, Gerardo Andrés Quintero Meneses y María Carolina Fernández Marcano (nueva Junta Administrativa Especial), así como a cualquier otro tercero pasivo en el presente caso, a que con base en el interés colectivo y social que debe convivir en el presente caso, conforme al principio que busca la paz social, es necesario que se establezca afirmativamente una relación de respeto y entendimiento mutuo para el desarrollo de un ambiente armonioso y de bien común entre ellos que permita el buen desarrollo de la actividad aquí protegida.
Acción del TSJ
En medio de la demanda interpuesta por el Ministerio de Alimentación contra los ex directivos de la empresa central, la Sala Político Administrativa de la Corte Suprema de Justicia cambió el interventor judicial de la mencionada empresa y designó a una persona sugerida por los ex dueños de la empresa comercial, lo que fue interpretado por los representantes de los trabajadores como el regreso de la empresa a la familia Sigala.
Mediante la referida decisión, los magistrados de la Sala Político Administrativa designaron a Juan Carlos Rodríguez como interventor judicial del ingenio y revocaron a Gabriel Pérez, quien venía desempeñando ese cargo por ser asesor jurídico del Ministerio de Alimentación, según se lee en la sentencia 753 publicada el 13 de agosto de 2025.
Carta al embajador turco
Toda esta situación fue denunciada al embajador turco Naci Aydan Karamanoglu por la Empaquetadora Las Nieves, empresa adscrita a la Cámara de Comercio Turco-Venezolana.
En la carta recordaron que firmaron una alianza con el Estado venezolano el 15 de junio de 2021 para la reactivación productiva del Ingenio Río Turbio. »A través de la intervención del Estado venezolano y la designación de una Junta Administradora Especial, al amparo legal del artículo 149 de la Ley Orgánica del Trabajo, Trabajadores y Trabajadoras (Lott) en el marco de la suscripción de la Alianza, trabajamos en perfecta armonía y coordinación, respetando y cumpliendo las obligaciones contractuales y legales, resultando en la reactivación de operaciones productivas y la recuperación de más de 430 empleos, logrando la refinación de aproximadamente ochenta mil (80.000) toneladas de productos industriales y domésticos. azúcar», dice la carta a la que tuvimos acceso parcial.
»Es importante resaltar que en julio de 2025 activamos el último ciclo del plan de trabajo, a través de una importante inversión de nuestra empresa, iniciamos los trabajos de recuperación de la molienda y el fomento y fomento de la producción de caña de azúcar con los productores de caña del estado Lara, logrando importantes acuerdos para impulsar y reactivar la siembra y cosecha de la caña de azúcar, con el objetivo estratégico de fortalecer el sector primario y la agricultura en la Región», agrega Empaquetadora Las. Nieve en la carta.
«Sin embargo, el 16 de diciembre de 2025, el Ministerio del Poder Popular para el Trabajo, nombró sin previas conversaciones, consultas mutuas ni coordinación con nuestra empresa operadora, una nueva Junta Administradora Especial, que no cumple con los requisitos de la ley… quienes han llevado a cabo un conjunto de acciones de perturbación y asedio en las operaciones que implican la dificultad y retraso de los planes de trabajo, alterando la buena fe de los contratantes de la Alianza. Es importante señalar que los ciudadanos antes mencionados no pertenecen a los trabajadores de la planta o al empresario, violando así lo dispuesto en el artículo 149 de la Lott, asimismo, han impedido el acceso de nuestros directivos y técnicos que han trabajado a lo largo de todos estos años, provocando daños y retrasos injustificados e impidiendo el cumplimiento de los calendarios de trabajo y producción de la planta.»
La Empresa Packing Las Nieves solicita al embajador de Turquía que a través de la intermediación “se impulsen los mecanismos de coordinación, conversación y entendimiento, que permitan la continuidad del trabajo, la protección de la inversión y el instrumento contractual de la Alianza Estratégica en cumplimiento de la Ley”.





